Es de aclarar,
que los contenidos del presente
documento, fueron preparados
con base en la interpretación
de los contenidos técnicos
de las normas expedidas por
el Ministerio de Salud sobre
la habilitación de prestadores
de servicios de salud, comprometen
exclusivamente al Centro
de Gestión Hospitalaria
y en ningún caso constituyen,
modifican ni substituyen la
posición del Ministerio
de Salud, de la Superintendencia
Nacional de Salud, del INVIMA
ni de ninguna de las entidades
estatales legal y formalmente
responsables de resolver preguntas
sobre las normas de habilitación
de prestadores de servicios
de salud.
1.
¿Cuáles
son las normas vigentes que
debe cumplir un prestador de
servicios de salud para ofrecer
sus servicios en Colombia?
2.
¿Qué
organizaciones pueden verificar
el cumplimiento de las condiciones
de habilitación para
prestadores de servicios de
salud?
3.
En
el estándar de recursos
humanos, ¿Qué
diferencia existe entre entrenamiento
certificado y personal titulado?
4.
¿Qué
sanciones pueden aplicarse en
caso de incumplimiento de condiciones
de habilitación?
5.
¿Cuáles
son los periodos de corte de
los Estados financieros para
la verificación y cumplimiento
de las condiciones de suficiencia
patrimonial?
6.
¿Dos
instituciones pueden declarar
un mismo servicio?, ¿quién
declara un servicio cuando se
presta conjuntamente por dos
organizaciones?. Por ejemplo
la infraestructura física
pertenece a una clínica,
pero los demás recursos
(dotación, recurso humano
etc), son de otra organización.
7.
En
el estándar de recursos
humanos, ¿qué
diferencia existe entre entrenamiento
certificado y personal titulado?
8.
¿Los
"procesos" exigidos
en los estándares tecnológicos
y científicos de habilitación,
deben estar documentados?
9.
Los
estándares por servicios,
en recurso humano, no especifican
el número de profesionales
o personal asistencial (ejemplo
número de enfermeras
por cama), como lo hacían
los estándares de requisitos
esenciales de la Resolución
4252 de 1996. ¿Cómo
se determina el número
mínimo a cumplir?
10.
¿Cómo
se cumple o se comprueba el
cumplimiento del estándar
que exige que el personal en
entrenamiento cuente con supervisión?
11.
¿Cuándo
en el servicio de hospitalización
de mediana y alta complejidad
se establece que el control
hospitalario puede ser realizado
por médico general, también
debe estar presente el especialista
si es un servicio especializado?
12.
¿Los
médicos generales pueden
realizar el control hospitalario
en las unidades de cuidado intensivo?
13.
¿En
urgencias, el médico
debe estar presente de manera
permanente?
14.
¿Qué
estándares aplican para:
Promoción y prevención,
Salud ocupacional, cuidados
domiciliarios, fertilidad, Bancos
de sangre, farmacias ambulatorias,
medicinas alternativas, servicios
médicos empresariales?
15.
¿Cuáles
son las dimensiones mínimas
de áreas hospitalarias?
16.
¿Qué
exactamente debe cumplirse en
el manejo de residuos hospitalarios?
17.
¿Los
médicos generales pueden
practicar procedimientos de
ecografía obstétrica?
18.
¿Cuál
es el contenido obligatorio
de los equipos de reanimación?
19.
¿Qué
diferencia hay entre un servicio
de cuidado intensivo y uno de
cuidado intermedio de adultos?
20.
¿Qué
insumos desechables, ha autorizado
el INVIMA para su reutilización?
21.
¿Cómo
se cumple y o se comprueba la
disponibilidad permanente de
insumos?
22.
En
el estándar de instalaciones
físicas, en odontología,
se exige un área exclusiva.
¿Esto es para cada unidad
odontológica?
23.
¿Se
pueden tener historias clínicas
en medio magnético?
24.
¿Historia
clínica institucional,
implica necesariamente una sola
historia clínica física?
25.
¿Para
el cumplimiento del estándar
de interdependencia de servicios,
los servicios complementarios
obligatorios deben ser propios?
26.
¿En
mediana complejidad deben existir
especialistas y subespecialistas?
27.
¿Un
servicio de toma de muestras
de laboratorio puede funcionar
independiente de un servicio
de laboratorio clínico?
28.
¿Debe
existir radiólogo en
un servicio de baja complejidad?
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